En 24 ayuntamientos no hubo uso indebido de recursos, sino negativa de información

 

+ El Congreso del Estado no exoneró ni sancionó a municipios porque se trata de “personas morales” y no “físicas” que ya habían dejado de ser servidores públicos, aclara la diputada Ángela Hernández

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, febrero 21.- La presidenta de la Comisión Instructora del Congreso del Estado, Ángela Hernández Solís, aclaró que la petición para sancionar a 24 ayuntamientos del trienio 2008-2010 no fue por “uso indebido de recursos de sus haciendas municipales”, sino “por falta de entrega de información pública oficiosa a ciudadanos que lo solicitaron”.
Sin embargo, precisó que la Comisión Permanente que ella preside, así como la LXI Legislatura del Estado, no pudieron exonerar ni sancionar a los ayuntamientos señalados, en virtud de que se trata de “personas morales” y no “personas físicas” que, además, ya habían dejado de tener el carácter de servidores públicos.
En entrevista, la también coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido Movimiento Ciudadano (MC), explicó que los 24 dictámenes correspondientes aprobados en la sesión ordinaria del 15 de febrero pasado, tenían la petición del entonces titular del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP), Genaro Vásquez Colmenares, de sancionar a “personas morales”.
Aclaró que si bien es cierto que fue información financiera la negada a los particulares, “no se trata de supuestos desvíos de recursos públicos o el robo de los mismos que formaron parte de la hacienda pública municipal”.
Detalló que los 24 expedientes fueron formados con motivo de la intervención que el Congreso del Estado dio al IEAIP, que preside Vásquez Colmenares, “ya que los ayuntamientos señalados no proporcionaron en tiempo y forma la información que se encuentra catalogada como pública de oficio y que por disposición de ley están obligados a proporcionar”.
Además, agregó, “para hablar de mal uso de recursos públicos sería necesario que tengamos un dictamen de la Auditoría Superior del Estado y no una resolución emitida en un recurso de revisión por el IEAIP, pues la ASE tiene funciones fiscalizadoras y el IEAIP de transparencia, que son totalmente diferentes, emanadas de leyes y alcances distintos”.
La diputada Hernández Solís refirió que de acuerdo con informes y documentos reunidos por la Comisión Instructora que preside, “en muchos casos fue imposible recabar la información debido a la transición que se estaba viviendo en los diferentes municipios, resultando en muchos casos difícil saber quiénes eran los responsables para poder dar cumplimiento a los requerimientos”.
Advirtió, sin embargo, que el desempeño de los servidores públicos los hace responsables de cualquier irregularidad administrativa en que pudieran haber incurrido, con base en el Artículo 2 de la Ley de Responsabilidades de los Municipios.
“No exoneramos a nadie; sólo actuamos con base en la ley; y como la información no fue presentada adecuadamente, cómo sancionar a personas físicas, si Genaro Vásquez Colmenares solicitó sancionar a personas morales”, cuestionó la Legisladora.
Los ayuntamientos contra quienes no procedió la solicitud de sanción de la actual Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca, son los siguientes:
Santa María Atzompa, San Antonio de la Cal, Santa Lucía del Camino, San Pablo Villa de Mitla, San Sebastián Tutla, Santa Cruz Amilpas, San Andrés Huayapam, San Agustín Yatareni, Ejutla de Crespo, Zimatlán de Álvarez,  San Raymundo Jalpan, San Pedro Mixtepec, San Pedro Pochutla y la Villa de Etla.
Asimismo, Tlaxiaco, Villa Alta, Villa Sola de Vega, Miahuatlán de Porfirio Díaz, Santiago Jmiltepec, Santa Catarina Juquila, Santo Domingo Tehuantepec, Teotitlán del Valle, Guelatao de Juárez y  San Agustín de las Juntas.

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