PALABRAS DE FRANCISCO GONZÁLEZ GARZA, PRESIDENTE EJECUTIVO DE A FAVOR DE LO MEJOR AC.
12ª SESIÓN DE LAS COMISIONES UNIDAS PARA LA DICTAMINACIÓN DE LA REFORMA EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES.
Respetables miembros del Senado:
En este momento que se analizan las Reformas Constitucionales en materia de Telecomunicaciones y que representan un parteaguas en la vida democrática, económica y cultural del país presentamos nuestra opinión para modificar o añadir a nuestra Constitución, elementos pendientes a dar bases constitucionales sobre el tema de los contenidos que recibe el público de los medios de comunicación.
Agradeciendo su escucha presentamos algunas consideraciones desde la visión de la audiencia, desde la voz del público, que respetuosamente externamos a ustedes.
Nuestro sustento para dichas propuestas es bajo las siguientes consideraciones: 1.Esta reforma debe traer beneficios concretos para la ciudadanía, que es al final de cuentas, la legítima beneficiaria de los bienes públicos concesionados a particulares.
2.Las modificaciones deben garantizar contribuir al bienestar general no sólo bajo consideraciones estrictamente económicas o de competitividad, sino también en cuanto a la oferta de contenidos que los eventuales nuevos participantes en este mercado ofrecerán a su audiencia.
3.Los contenidos que ofertan los medios de comunicación impacta a millones de personas en nuestro país.
4.Existe una población diversificada culturalmente, entre una población mayoritariamente con baja escolaridad, diferente oportunidad para el uso de medios culturales y principalmente ocupada en las actividades laborales para su subsistencia.
5.La televisión es el principal referente de información y cultura de más del 80% de la población.
6.Se ha comprobado que los niños se exponen al televisor tres veces más frente que a las horas que están en el aula escolar, con lo cual su incidencia es mayor.
7.La competencia para ofertar los contenidos se basa ponderadamente en propósitos de mercado, que han llevado a una oferta de baja calidad.
8.La competencia de nuevas empresas y agentes de comunicación, no han garantizado por sí mismo la elevación de los contenidos.
9.La autorregulación ha dado muestras de insuficiencia notoria.
10.El público, casi por unanimidad, reclama normas que garanticen: libertad de expresión, información suficiente y de calidad y contenidos que impacten constructivamente, especialmente a los niños.
Por lo anterior proponemos:
1.En relación al artículo 6to: La manifestación de las ideas no será sujeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho de las audienciasserá ejercido en los términos dispuestos por esta ley.
2.Párrafo 4to del artículo 6: La ley establecerá un organismo público con autonomía de gestión operativa y de decisión, que tendrá como objeto promover el servicio de radiodifusión, sin fines de lucro a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas en cada una de las entidades de la federación, a contenidos que promuevan la integración nacional , la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombre, la protección a la niñez, la difusión de la información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional y dar espacio a las obras de producción independiente, así como a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.
3.En el capítulo de las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL), sugerimos que se incluyan las facultades para establecer reglas de autorregulación y lineamientos a los contenidos, para garantizar su calidad, en interés del público.
Así mismo, que este organismo cuente con las facultades para garantizar la capacidad de la supervisión y clasificación de los contenidos. Se pueden conocer los ejemplos de OFCOM en Inglaterra ó el CSA en Francia, en los cuales el involucramiento en tema de contenidos desemboca necesariamente a una mayor calidad en los contenidos.
4.La radiodifusión es un servicio público de interés general por lo que el Estado garantizará que sea prestado en condiciones de competencia y calidad y brinde los beneficios de la cultura toda la población, preservando la pluralidad de la información, así como el fomento de los valores de la identidad nacional, y la convergencia a los fines establecidos en el artículo 3º de esta constitución.
5.La ley tampoco hace énfasis en la participación de los ciudadanos o el fomento de audiencias críticas que encuentren ventanas adecuadas para su expresión y propuestas. Las audiencias más desarrolladas exigirán siempre contenidos con mayor inteligencia, socialmente útiles y progresivamente más educativos. Audiencias empobrecidas, retroalimentan el ciclo de contenidos mediocres, insulsos y hasta nocivos.
6.Para garantizar que parte de los contenidos no dañen a la población, específicamente al público infantil, y a la población más vulnerable culturalmente, hay que perfeccionar los instrumentos en la ley que garanticen que los medios de comunicación proveen a la sociedad de bienes públicos. Todo esto garantizando la plena libertad de expresión y fomentando la responsabilidad.
7.Gran parte de los concesionarios y permisionados transmiten información socialmente útil para el público y contribuyen a causas sociales. Las telecomunicaciones han contribuido a la expansión de la democracia en una sociedad cada vez más informada, plural y respetuosa de la libertad de expresión, por este motivo, las reformas que se plantean en nuestra carta magna deben promover que se satisfaga a todos los actores que participan de ella, los medios, las autoridades, los anunciantes y el público.
Esperando que los elementos aquí planteados sirvan como un referente para ser atendido en beneficio de las audiencias, les agradecemos su amable atención.
Respetuosamente.
Asociación A Favor de lo Mejor A.C.
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