Sobreseyó tribunal causas penales contra Caro Quintero: Judicatura

Entre los procesos judiciales sobreseídos se encuentra el secuestro y homicidio calificado cometido en contra de Enrique Camarena Salazar, agente dela DEA y del piloto Alfredo Zavala Avelar.

Gustavo Castillo

Publicado: 09/08/2013 12:24

México, DF. El Consejo de la Judicatura Federal dio a conocer que el primer tribunal colegiado en materia penal con sede en Jalisco sobreseyó diversas causas penales contra Rafael Caro Quintero, lo absolviera de otra y lo condenó en una más.

Entre los procesos judiciales sobreseídos se encuentra el secuestro y homicidio calificado cometido en contra de Enrique Camarena Salazar (agente dela DEA) y de Alfredo Zavala Avelar (piloto).

En el caso específico del agente de la DEA y el piloto el amparo se le otorgó bajo el argumento de que “se ha establecido que los tribunales federales carecen de competencia, por razón de fuero, para conocer de dichos ilícitos”.

De igual manera se dictó el sobreseimiento de la causa penal 283/83 en nel cual se acusó a Caro Quintero del delito de homicidio calificado en contra de Albert G. Radelat y John Clyde Walker porque “se varió, en perjuicio del quejoso , el marco legal trasado en las conclusiones acusatorias y fijado por el juez de distrito en la sentencia de primera instancia”. De igual manera se determinó de sobreseer una acusación formulada contra Caro Quintero por el delito de privación ilegal de la libertad “en virtud de que se advirtió que el peticionario de garantías (Caro Quintero) fue previamente juzgado y absuelto por la comisión de ese delito.

También se dictó el sobreseimiento por delitos contra la salud, en las modalidades de siembra, cultivo y cosecha de mariguana, y posesión del mismo estupefaciente con la finalidad de tráfico, cometidos en 1984 en los lugares denominados Los Juncos y el Racho Montesco, localizados en los municipios de Coyame y Julimes, del estado de Chihuahua, dado que esos hechos no fueron materia del auto de formal prisión dictada en la causa penal 191/84 acumulada a la 190/84, y de las cuales posteriormente se integraron a otro juicio.

Rafael Caro Quintero fue señalado “penalmente responsable en la comisión de delito contra la salud, en las modalidades de siembra, cultivo y cosecha de mariguana, y posesión del mismo estupefaciente con la finalidad de tráfico (…) perpetrado en 1984 en la comunidad agrícola denominada El Búfalo y los campos que la integraban conocidos como Rancho Ojo de Agua, Cerro El Mogote, Rancho Santa Cruz y Rancho San Rafael ubicados en el municipio de Jiménez, en el estado de Chihuahua.

“Por tal responsabilidad se le impusieron las penas de 15 años de prisión y multa por el importe de un millón de pesos, cantidad expresada en la Unidad Monetaria ( viejos pesos), en la inteligencia de que en estricto cumplimiento al fallo protector (amparo), se declara compurgada la sanción privativa de libertad y prescrita la multa, impuesta por ese delito (causa penal número 190/84).

En la sentencia dictada por el primer tribunal colegiado en materia penal con sede en Jalisco se informó la absolución de Rafael Caro Quintero respecto de la acusación formulada en su contra por el delito de asociación delictuosa, informó el Consejo de la Judicatura Federal.

Rafael Caro Quintero pasó 28 años en prisión y este viernes a la 1:30 horas obtuvo su libertad.

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