El Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO) instaló las dos primeras reuniones de trabajo para la elaboración de la “Guía de Actuación para la Aplicación de Órdenes de Protección para Mujeres en situación de Violencia de Género en el Estado de Oaxaca”.
Durante los días 23 y 24 de septiembre, funcionarias y funcionarios públicos de diversas dependencias se reunieron para dar inicio a los trabajos que materializarán dicho documento, el cual tiene el objetivo de generar una estrategia efectiva a la luz de instrumentos internacionales para la adecuada implementación de las órdenes de protección para mujeres en situación de violencia.
Cabe recordar que en su última sesión ordinaria de 2012, el Consejo Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Oaxaca, aprobó un Punto de Acuerdo que consiste en conformar un grupo de trabajo con el Comité de Protección Legal y Acceso a la Justicia y otras instancias, para elaborar una estrategia a fin de generar un mecanismo que permita la emisión e implementación de las Órdenes de Protección.
Además de identificar las acciones, responsabilidades y mecanismo de coordinación de las Instituciones del Poder Ejecutivo y Poder Judicial para su operación.
Este primer encuentro tuvo como proposito identificar las buenas prácticas, obstáculos y acciones que se están realizando por parte de diversas instancias para elaborar una guía de actuaciones que permita eficientar la atención integral para mujeres en situación de violencia en el estado de Oaxaca.
De acuerdo al Artículo 24 de la “Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género”, las órdenes de protección se definen como: “los actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y son fundamentalmente precautorias y cautelares”.
Éstas deberán de otorgarse por la autoridad competente, inmediatamente que conozca de hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia contra las mujeres”. Asimismo el artículo 25 refiere que dichas órdenes “son personalísimas e intransferibles y podrán ser: de emergencia, preventivas y de naturaleza civil”.
De igual manera, las órdenes de protección son uno de los mecanismos de protección que contempla la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida Libre de Violencia.
En la reunión de trabajo estuvieron presentes los representantes del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado; de la Procuraduría General de Justicia del Estado; de la Dirección General del Sistema DIF; de la Secretaría de Salud; de la Secretaría de Seguridad Pública; de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, y de la Procuraduría para la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia (DIF).
Asi como del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO); de la Subprocuraduría de Delitos Contra la Mujer por Razón de Género; la Procuraduría para la Defensa del Indígena y Grupos Vulnerables; del Centro de Justicia para Mujeres; el Instituto Municipal de las Mujeres de Oaxaca (IMMUJERES); así como representantes de organizaciones civiles como el Centro de Estudios sobre la Mujer Rosario Castellanos y Consorcio Para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca.
Luego de estás dos reuniones iniciales se llevará a cabo una tercer reunión y posteriormente se publicará la guía y dípticos informativos, los cuales serán entregados al personal operativo de cada una de las instituciones integrantes del Comité de Protección Legal y Acceso a la Justicia. En ellos de manera sencilla y sintetizada se informarán de las acciones y responsabilidades de cada Institución en materia de Órdenes de Protección.
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