Registro y acreditación de nuevas autoridades municipales desde el 6 de enero

El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría General de Gobierno (SEGEGO), iniciará el próximo lunes 6 de enero el registro y acreditación de los presidentes municipales,  síndicos y demás concejales electos bajo el régimen de Sistemas Normativos Internos y de Partidos Políticos, además de los secretarios y tesoreros nombrados.

De igual forma de los  administradores municipales que nombre la LXII Legislatura del  Congreso del Estado de Oaxaca. El proceso se realizará en el Departamento de Acreditación y Registro a Autoridades Municipales, dependientes de la Dirección de Gobierno, la cual se encuentra ubicada en el complejo administrativo “Benemérito de las Américas”(Ciudad Administrativa), edificio 4, planta baja, con domicilio en Carretera Oaxaca-Istmo Km.11.5, Tlalixtac de Cabrera.

El procedimiento se hará bajo una calendarización de acuerdo con el Distrito Estatal Electoral al que pertenezcan los municipios. Los primeros en presentarse serán los de Zaachila y Zimatlán.

El registro y acreditación es un instrumento de validación de gran importancia, ya que durante su gestión la autoridad municipal queda legitimada ante los tres niveles de gobierno y  los datos a disposición del Registro Nacional de Autoridades Municipales, dando con ello certidumbre jurídica y administrativa.

Las nuevas autoridades deben presentarse en las oficinas mencionadas para la revisión de la documentación  o en su caso en las oficinas regionales de la Secretaría General de Gobierno y los Módulos de Desarrollo Sustentable para su asesoramiento, con el objetivo de no tener ningún contratiempo en este trámite.

En todos los casos deberán presentar la documentación en original y cuatro juegos de copias debidamente certificadas por el nuevo secretario municipal.

 

 

 

 

 

REQUISITOS PARA REGIMÉN DE SISTEMAS NORMATIVOS INTERNOS (ANTES USOS Y COSTUMBRES)

1.- Constancia de mayoría certificada por el IEEPCO

2.- Acta de elección (asamblea, con firmas de asistentes)

3.- Acta de Instalación del h. Ayuntamiento y Toma de Protesta de Ley

4.- Primer Acta de Cabildo en la que se ratifican regidurías y se asignan comisiones

5.- Acta de entrega-recepción del ayuntamiento y/o acta circunstancial

6.- Nombramientos expedidos por el presidente municipal entrante, especificando la regiduría de cada concejal

7.- Número telefónico oficial y correo electrónico

8.- Acta de nacimiento original reciente de cada integrante del ayuntamiento

9.- Credencial de elector IFE de cada uno de los integrantes del ayuntamiento

10.- Comprobante de Domicilio de cada integrante del Ayuntamiento

11.-  Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada integrante del Ayuntamiento

12.- tres fotografías tamaño infantil a color de frente, de papel mate de cada integrante del Ayuntamiento.

13.- sellos oficiales del periodo anterior o acta de hechos ante el Ministerio publico si es que no fueron entregados durante la entrega-recepción por la administración anterior

14.- oficio dirigido: al director de Gobierno, solicitando el registro y así la credencialización de los concejales, así como el secretario y tesorero, incluir en el oficio la relación de cada documento que se está entregando.

SECRETARIO Y TESORERO MUNICIPAL

1.- Acta de cabildo en la que se nombra al funcionario

2.- Acta de toma de protesta

3.- Nombramiento

4.- Copia certificada de acta de nacimiento original reciente

5.- Credencial del IFE

6.- Clave Única de Registro de Población CURP

7.- Comprobante de domicilio

8.- Tres fotos tamaño infantil

9.- Acuerdo de liberación de Fianza (para el tesorero) firmado por el cabildo

10.- Sellos originales del periodo anterior o acta de hechos ante el Ministerios público, si es que no fueron entregados durante el proceso de entregados por la administración saliente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REQUISITOS PARA REGIMEN DE PARTIDOS POLÍTICOS

1.- Constancia de mayoría certificada por el IEEPCO

2.- Constancia de asignación

3.- Acta de Instalación del h. Ayuntamiento y Toma de Protesta de Ley

4.- Primer Acta de Cabildo en la que se ratifican regidurías y se asignan comisiones, incluyendo a los de asignación

5.- Acta de entrega-recepción del ayuntamiento y/o acta circunstancial

6.- Nombramientos expedidos por el presidente municipal entrante, especificando la regiduría de cada concejal

7.- Número telefónico oficial y correo electrónico

8.- Copia certificada del acta de nacimiento original, reciente de cada integrante del ayuntamiento

9.- Credencial de elector IFE de cada uno de los integrantes del ayuntamiento

10.- Comprobante de Domicilio de cada integrante del Ayuntamiento

11.- Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada integrante del Ayuntamiento

12.- tres fotografías tamaño infantil a color de frente, de papel mate de cada integrante del Ayuntamiento.

13.- sellos oficiales del periodo anterior o acta de hechos ante el Ministerio publico si es que no fueron entregados durante la entrega-recepción por la administración anterior

14.- Oficio dirigido: al director de Gobierno, solicitando el registro y así la credencialización de los concejales, así como el secretario y tesorero, incluir en el oficio la relación de cada documento que se está entregando.

SECRETARIO Y TESORERO MUNICIPAL

1.- Acta de cabildo en la que se nombra al funcionario

2.- Acta de toma de protesta

3.- Nombramiento

4.- Copia certificada de acta de nacimiento original reciente

5.- Credencial del IFE

6.- Clave Única de Registro de Población CURP

7.- Comprobante de domicilio

8.- Tres fotos tamaño infantil

9.- Acuerdo de liberación de Fianza (para el tesorero) firmado por el cabildo

10.- Sellos originales del periodo anterior o acta de hechos ante el Ministerio Público, si es que no fueron entregados durante el proceso de entregados por la administración saliente.

 

 

 

Sé el primero en comentar

Dejar una contestacion

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*