La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundado el recurso de reclamación número 71/2012-CA, presentado por el Estado de Chiapas, en contra del auto de fecha 20 de diciembre de 2012, en el que la máxima tribuna de justicia del país ordenó a las autoridades chiapanecas, abstenerse de realizar cualquier acto que modifique los límites territoriales o la jurisdicción en las comunidades en conflicto entre Oaxaca y Chiapas, donde hay un invasión de más de 100 mil hectáreas .
Este recurso de reclamación se dio en el marco de la controversia constitucional presentada por los representantes de los tres Poderes del Estado de Oaxaca, en contra del decreto del Congreso del Estado de Chiapas, mediante el cual se creó el pretendido municipio Belisario Domínguez dentro del territorio oaxaqueño.
El efecto de la suspensión otorgada es para que las referidas entidades federativas se abstengan de realizar cualquier acto que formal o materialmente amplíe o modifique los límites territoriales o la jurisdicción que actualmente se conserva en las comunidades en conflicto.
Asimismo, para que se abstengan de crear nuevas autoridades dentro de la localidad denominada Rodulfo Figueroa, ubicada en la porción territorial en disputa, hasta que se dicte la sentencia que resuelva en definitiva la Controversia Constitucional número 121/2012.
Al mismo tiempo, precisa que los gobiernos están obligados a prestar todos los servicios públicos a la población que habita en la franja territorial en disputa.
El gobierno Oaxaca, ratifica el compromiso indeclinable en la defensa del territorio que legalmente le corresponde al estado de Oaxaca, por lo que seguirán trabajando para hacer la protección del territorio y soberanía de los Chimalapas.
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