Por Alfredo Méndez
México, DF. La Unidad de Delitos Fiscales y Financieros de la Procuraduría General de la República (PGR) abrió entre enero y septiembre pasado 545 averiguaciones previas contra contribuyentes que presuntamente incurrieron en defraudación al fisco por ingresos no declarados a la Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo que representa un incremento del 15.9 por ciento respecto del mismo período del año 2013, cuando la dependencia inició 470 indagatorias por ese tipo de asuntos, informaron abogados fiscalistas que litigan casos penales en el país.
En entrevista con este diario, Marco Antonio Del Toro, experto en derecho penal; Omar Soto, abogado fiscalista; Felipe Rosales Fernández, penalista y Salomón Coss Rodríguez, contador especializado en temas de defraudación fiscal, cuestionaron el papel de la encargada de la fiscalía de delitos fiscales de la PGR, Mireya Lemus Mondragón, pues consideran que lejos de respetar el derecho de defensa de los contribuyentes inculpados por la Secretaría de Hacienda, la funcionaria realiza una integración de las averiguaciones previas prácticamente mecánica y uniforme.
“Sin advertir al contribuyente que enfrenta una querella (por parte de la Procuraduría Fiscal de la Federación), la fiscal Lemus está optando por consignar y mandar todo a la cancha de un juez, quien libra las órdenes de captura, y ya una vez que el contribuyente está detenido, es cuando se entera de que lo acusan de defraudación fiscal por una presuntiva de ingresos no declarada. Es decir, el imputado se puede defender hasta que está en la cárcel”, refirió el contador Coss Rodríguez.
Omar Soto, abogado fiscalista, indicó que la fiscalía de delitos fiscales está violentando claramente el principio de presunción de inocencia, además de que pone en una clara desventaja al imputado frente a la autoridad fiscal, ya que ”lejos de buscar una salida alternativa de solución de controversias, que permita al contribuyente ponerse al día con sus obligaciones, el Estado mexicano está optando por la medida coercitiva de prisión y con ello criminaliza un asunto que debe quedar en el terreno estrictamente administrativo-fiscal”.
El penalista Rosales Fernández indicó que este tipo de asuntos son muestra clara de que la actual encargada de la fiscalía de delitos fiscales de la PGR, Mireya Lemus, desconoce o no le importa respetar el debido proceso legal, las garantías de legalidad, de defensa adecuada y el principio de presunción de inocencia, lo que es grave para la dependencia federal, porque los casos fiscales los terminará perdiendo la autoridad una vez que los contribuyentes imputados hagan valer esas violaciones ante los jueces de amparo.
Pero los abogados y especialistas en materia fiscal consultados por este diario no son los únicos que han manifestado su inconformidad con la permanencia de la fiscal Lemus al frente de la instancia que investiga los fraudes al fisco, pues también funcionarios de la Secretaría de Hacienda han presentado quejas ante los jefes de la misma fiscal, por la falta de eficacia y eficiencia en su labor, informaron fuentes gubernamentales consultadas.
Según los funcionarios consultados, en los nueves meses recientes, la mitad de las averiguaciones previas que han sido consignadas ante jueces federales han terminado en negativa de órden de aprehensión, es decir, que cuando los casos llegan a la autoridad judicial, los juzgadores encuentran que la fiscalía de delitos fiscales no hizo bien su trabajo, ya sea por alguna violación de alguna formalidad (debido proceso), o por el hecho de que no se acreditó cuerpo de delito y probable responsabilidad de los imputados.
De su lado, el connotado penalista Marco Antonio Del Toro exhortó al Poder Judicial Federal y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a enmendar la plana a la PGR, para que antes de que consignen cualquier averiguación previa por supuesta defraudación fiscal de un contribuyente al que se le impute una presuntiva de ingresos no declarados, se exija a la Secretaría de Hacienda ejercer facultades de comprobación y aclarar la situación fiscal de los presuntos deudores al fisco antes de que se les lleve a prisión preventiva.
Del Toro, quien encabeza la defensa de Elba Esther Gordillo, ex líder magisterial, acusada de defraudación fiscal por una presuntiva de ingresos no declarada, habló a detalle de la manera ilegal en que está operando el SAT, la SHCP y la propia fiscal Lemus:
“La regla es que todo contribuyente autodetermina sus contribuciones. La excepción a esta regla es que la autoridad tiene la facultad para comprobar si esa autodeterminación fue correcta o no.
“Para efecto de formular una querella penal no es factible hacerlo sin que previo a ello se hayan iniciado facultades de comprobación. Lo más grave, por ejemplo en el caso de la maestra Gordillo, que toda vía es más grave, es que, sin haber ejercido facultades de comprobación se querellaron contra ella, pero para cuantificar las contribuciones omitidas, lo que hicieron fue lo que se denomina una presuntiva de ingresos, y eso es todavía más grave, por eso es lo que están haciendo ahorita en Hacienda y con el aval de la PGR.
“¿En qué consiste esta presuntiva de ingresos?. El artículo 55 del Código Fiscal de la Federación establece que cuando un contribuyente, sobre el que se está ejerciendo facultades de comprobación, y este se niega a enseñar la contabilidad, por ejemplo, ahí se establece que la autoridad hacendaria tendrá facultad de llevar a cabo lo que se llama una presuntiva de ingresos.
“Para hacer una presuntiva de ingresos, se tiene que situar el contribuyente en alguna de las hipótesis del artículo 55 del Código Fiscal Federal, es decir, la autoridad fiscal no puede llevar acabo una presuntiva de ingresos sin que se haya actualizado una de las hipótesis de ese artículo.
“En el caso de la maestra, lo que hizo la autoridad fue un absurdo: tomó los estados de cuenta, sumó las cantidades, fue una mera operación aritmética de suma, y el resultado que arrojó, dijo la autoridad que esos eran los ingresos acumulables (de Gordillo) no enterados al SAT.
“Es materialmente imposible que con un solo estado de cuenta –y esto ya lo he revisado con ocho diversos abogados fiscalistas- la autoridad fiscal pueda determinar si se trata de ingresos no declarados, pues, por ejemplo, cuando alguien presta 10 mil pesos, y el préstamo se paga tiempo después, y el dinero se deposita en una cuenta bancaria del acreedor, es evidente que esa cantidad que se refleje en el estado de cuenta de ninguna manera representará un ingreso”, destacó Marco Antonio Del Toro, uno de los abogados con mayor experiencia en litigios penales-fiscales.
PUBLICACIÓN ORIGINAL: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/10/12/expertos-cuestionan-aumentan-de-15-9-en-averiguaciones-por-defraudacion-fiscal-5769.html
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