La diputada Martha Alicia Escamilla presentó ante el pleno de la LXII Legislatura una iniciativa de ley para consagrar en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, el derecho humano del acceso al agua potable para todos los oaxaqueños.
En la exposición de los motivos que fundamentan dicha propuesta, la Legisladora local dijo que diversos instrumentos internacionales exigen actualmente a los Estados que garanticen a todas las personas el acceso a una cantidad suficiente de agua potable para el uso personal y doméstico, que comprende el consumo, el saneamiento, el lavado de ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica.
Martha Alicia Escamilla dijo que la legislación internacional de la que México es parte, también exige que los Estados aseguren progresivamente el acceso a servicios de saneamiento adecuados, como elemento fundamental de la dignidad humana y la vida privada, pero también que protejan la calidad de los suministros y los recursos de agua potable.
Derivado de eso, explicó la Representante Popular, en 2012 el Congreso de la Unión adicionó un párrafo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reconocer como un derecho humano el acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, imponiendo además al Estado la obligación de garantizar el ejercicio de ese derecho en coordinación con los Estados y los Municipios.
En razón de lo anterior, subrayó, es fundamental que acorde con los principios que rigen en materia de derechos humanos se reconozca ese derecho humano en nuestra Constitución Local, en concordancia con lo establecido en la Constitución Federal y en los Tratados Internacionales, reconociendo en nuestra Ley Cimera ese derecho humano se establecerán además garantías a cargo de las autoridades.
Concretamente, la propuesta formulada por Martha Alicia Escamilla se centra en la adición de un último párrafo al artículo 12 de nuestra Constitución doméstica, para que ahí se establezca que “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico de calidad, suficiente, salubre, y asequible. El Estado garantizará este derecho mediante la Ley respectiva en la que establecerá las bases para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento, estableciendo la coordinación entre el Estado y los municipios, así como con la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines”.
Finalmente, Escamilla León llamó a la LXII Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, a considerar la importancia del establecimiento de este precepto como Norma Constitucional, pues ello debe ser el primer paso para la tutela efectiva del derecho al agua de todos los oaxaqueños.
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