El Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Administración, dio a conocer las normas reglamentarias sobre la imparcialidad en el uso de los recursos públicos en el próximo proceso electoral federal a celebrarse el 7 de junio de 2015, mismas que se encuentran especificadas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En circular emitida con fecha 25 de marzo, la dependencia detalla los aspectos que se deben observar, a fin de que los servidores públicos omitan las conductas contrarias a derecho y eviten violaciones al principio de imparcialidad.
Las conductas que se deben evitar, de acuerdo a lo establecido, son la entrega, promesa, suspensión, amenaza o condicionamiento de recursos públicos a cambio del voto a favor de algún candidato o la abstención; recoger, retener o amenazar con hacerlo, la credencial para votar a cambio de recursos, bienes o servicios; ordenar, autorizar, permitir o tolerar la entrega de bienes o servicios que contengan velada o explícitamente, propaganda de algún candidato,
Autorizar, permitir, tolerar o destinar fondos, bienes o servicios, recursos humanos, materiales o financieros, para promover o influir a favor o en contra de algún candidato o partido político; emplear medios de comunicación, tiempos oficiales, internet y redes sociales para beneficiar o perjudicar a algún contendiente; cualquier conducta que vulnere la equidad de la competencia utilizando recursos públicos.
Con lo anterior se busca garantizar el principio de imparcialidad en el uso de los recursos públicos y por tanto los funcionarios no podrán asistir a actos de campaña en horarios y días hábiles, ni utilizar para ello, vehículos de propiedad pública.
Asimismo. deberán evitar usar recursos públicos para difundir propaganda que pueda influir o inducir en los ciudadanos el sentido del voto; difundir informes de labores y de gestión durante todo el proceso electoral, desde el inicio de las precampañas.
El documento completo puede ser consultado en http://www.administracion.oaxaca.gob.mx/#&panel1-1.
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