Responden diputados de Oaxaca a resolución

Oscar Rodríguez

 

En Oaxaca los diputados locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI), rechazaron que la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para declarar como inconstitucional la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, inhabilite algún aspirante a la gubernatura.

Los legisladores locales Fredy Gil Pineda, Arsenio Mejía y Gustavo Díaz sostienen que el revés a la residencia efectiva de 5 a 3 años para ser gobernador de Oaxaca, realizado por la Legislatura Local y resuelto con una controversia por los ministros Corte, no tocó el artículo 23 de la Constitución Política para el Estado de Oaxaca; en el cual se permite ser aspirante a candidato a gobernador solo con la paternidad de oaxaqueños

Sostienen que en la controversia no se solicita la modificación a dicho párrafo de la constitución, lo que en términos jurídicos la sala superior protegió sus derechos indirectamente.

Afirma que la acción de los ministros en nada perjudica a quienes tienen aspiraciones política por la gubernatura como lo es el caso del director general del INFONAVIT Alejandro Murat, pues ha quedado demostrado que es ciudadano y nativo del estado de Oaxaca, por tal razón no necesita tener o acreditar alguna residencia para ser electo como gobernador de Oaxaca. La puerta que le da el derecho, es ser nativo de Oaxaca por paternidad.

Afirman que esta misma jurisprudencia también procedió en su caso del Gobernador del Estado actual, Gabino Cué, quien nació en la ciudad de México pero es hijo de padres oaxaqueños y ocurrió con Diódoro Carrasco, quien nació en puebla pero su padre también es del estado de Oaxaca y se le dio la oportunidad de ser gobernador de Oaxaca.

Otros dos casos más complicados son los de del senador Benjamín Robles Montoya quien no nació en Oaxaca y sus padres son de otros estados, sin embargo la ley le permitiría participar en el proceso electoral por servicio público.

Jesús Martínez Álvarez, originario de Jalisco y fungió como gobernador interino en 1986.

En este sentido este artículo permitiría ser gobernador de un estado a todos los ciudadanos por nacimiento y nativos de la entidad que se trate, sin restricción de residencia alguna.

Cabe señalar que la corte dejo exentó el artículo 123, mismo que otorgará el registro a Alejandro Murat Hinojosa, como aspirante a la gubernatura de Oaxaca.

Con respecto al resto de la reforma política que fue nulificada, los diputados acusaron del desaseo a los diputados del PAN y PRD, que cometieron en su aprobación un “albazo legislativo”, por lo que urgieron que sea la ciudadanía quien llame a cuentas a estos diputados por no cumplir con su responsabilidad.

CNOP RECHAZA QUE MURAT ESTA INABILITADO

En tanto el líder estatal de Confederación Nacional de Organizaciones Populares (CNOP) Jorge González rechazo que el resolutivo de la SCJN, afecte una probable candidatura de Alejandro Murat, quien con todo derecho y condiciones jurídicas puede ser candidato de su partido a la gubernatura.

Afirmo que “inflar” la resolución de la SCJN es solo hacer una “cortina de humo” ante el temor de los partidos coaligados PAN y PRD de que el PRI regrese a gobernar Oaxaca.

Y dijo que el mejor ejemplo de que no se necesita haber nacido en Oaxaca para ser gobernador es Gabino Cué.

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