Como resultado del trabajo conjunto de la policía Municipal de Santa María Colotepec, y Agentes Estatales de Investigación (AEI), al acudir a un llamado de auxilio de las víctimas, fue detenido en flagrancia el imputado EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA, señalado por la madre de la víctima como la persona que minutos antes le había amputado la mano a su hija; por lo que procedieron a su detención y a la puesta a disposición ante el Agente del Ministerio Publico en turno de la Fiscalía Local de Puerto Escondido, Juquila.
Hechos:
El 07 de octubre del 2015, aproximadamente a las 21:30 horas, cuando la víctima estaba en el patio trasero de su domicilio conocido ubicado en la población de San José Quequestle, Colotepec, Pochutla, al alumbrar con una lámpara, su vecino EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA, le dio un machetazo en la mano derecha, desprendiéndole en su totalidad la mano.
La victima gritaba de dolor y EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA trató de darse a la fuga, pero fue detenido inmediatamente por elementos de la policía municipal de Santa María Colotepec, Pochutla, y la víctima fue trasladada al Hospital Ángel del Mar, para su atención.
Puesta a disposición del detenido.
El 08 de octubre del 2015, una vez detenido EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA, y en virtud de que se encontraba lesionado, fue puesto a disposición del Agente del Ministerio Publico en Turno de la Fiscalía Local de Puerto Escondido, Oaxaca, internado en el Hospital “treinta camas” de Puerto Escondido, Juquila, iniciándose el Legajo de Investigación 3536(FPE)/2015 en contra de EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA, por el delito de LESIONES CALIFICADAS.
Antecedentes:
Una vez transcurrido el término de 48 horas, el Agente del Ministerio Público reunió los elementos de convicción: recibió la denuncia, realizó la práctica de diligencias y dictámenes periciales correspondientes; el imputado EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA, fue puesto a disposición del Juez de Garantías de Puerto Escondido, con la finalidad de que se le decretara su detención y se le realizara la comunicación de imputación respectiva, por lo que una vez señalada y abierta que fue, la audiencia de control de detención en el supuesto de flagrancia, pero en virtud del estado de salud que presentaba el imputado EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA, se ordenó la suspensión del proceso dentro de la causa penal 391/2015, hasta en tanto se restableciera su salud.
Una vez que fue dado de alta del nosocomio, el día 19 de Octubre del 2015, el Agente del Ministerio Público solicitó se fijara fecha y hora para la audiencia de control de detención en el supuesto de flagrancia, por lo que una vez levantada la suspensión del proceso, se señaló la continuación de audiencia y una vez calificada de legal la detención del imputado, se procedió a realizar la comunicación de la imputación, y una vez finalizada la misma, el defensor ofreció el desahogo de elementos de pruebas a favor de su defensa.
El Agente del Ministerio Público conocedor del presente asunto solicitó como medida de coerción provisional prisión preventiva en contra del imputado de mérito, señalando el Juez de Garantías de Puerto Escondido Oaxaca,las 09:00 horas del 22 de octubre del 2015, para su continuación.
Estado actual:
Se encuentra transcurriendo el término constitucional, y pendiente que el Juez de Garantías de ese puerto determine la situación jurídica del imputado
Fotografías.
EL IMPUTADO EUSEBIO RAMIREZ OLIVERA.
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