Sedesol da a conocer reglas de operación del programa Coinversión Social

 

 

La delegación de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) en el estado de Oaxaca informa que para el Ejercicio Fiscal 2017, en apego a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol) a través del PROGRAMA COINVERSIÓN SOCIAL (PCS), se fortalecerá la participación social para impulsar el desarrollo comunitario mediante el fortalecimiento y vinculación de los actores sociales.thumbnail_image5

Dichos subsidios se otorgarán apoblación en condiciones de pobreza, vulnerabilidad, de adultos mayores, de rezago y de marginación. Asimismo, la dependencia señala que el Programa Coinversión Social (PCS), fortalece y vincula entre sí y con los diversos órganos de gobierno a los Actores Sociales para que a través del fomento de sus actividades promuevan la cohesión y capital social, así como el desarrollo humano y social de grupos, comunidades o regiones que viven en situación de vulnerabilidad o exclusión.

Podrán participar en las convocatorias de los programas: los actores sociales, organizaciones de la sociedad civil (que recibirán capacitación en febrero) e instituciones de educación superior y centros de investigación que cumplan con los siguientes requerimientos:

1) Contar con un proyecto que cumpla con los requisitos que marcan las presentes Reglas de Operación, así como con las bases que establezca la convocatoria en la que participa.

2) Cumplir con los requisitos fiscales de conformidad con la normatividad aplicable en la materia la cual deberá señalar específicamente que se trata de una “persona moral sin fines de lucro”.

3) Contar con los recursos necesarios para la coinversión, la cual será como mínimo del 20% del costo total del proyecto. La coinversión podrá ser en términos monetarios y no monetarios.thumbnail_image1 (4)

4) En caso de haber sido apoyado en el ejercicio fiscal anterior, deberá haber entregado a la Instancia Ejecutora correspondiente, el Reporte Final de Actividades completo y en los plazos señalados, de cada proyecto apoyado.

5) En las convocatorias emitidas en exclusividad por el INDESOL, los Actores Sociales tienen derecho a presentar un solo proyecto en el ejercicio fiscal correspondiente.

6) No tener irregularidades o incumplimientos reportados, observaciones de auditorías o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con algún Programa de la SEDESOL, o con alguna instancia pública.

7) Los Actores Sociales que reciban apoyos del PCS no podrán recibir recursos por parte de otros Programas federales.

8) En caso de que el Actor Social presente más de un proyecto, las actividades propuestas en dichos proyectos deberán ser diferentes.

En tanto, las organizaciones deberán cumplir con lo siguiente:

1) Estar inscrita en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

2) Haber entregado el Informe Anual a la Comisión de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil, a través del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal que corresponda.

3) Haber realizado las modificaciones y/o actualizaciones de su información ante el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Al respecto, Sedesol precisa que las Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación deberán cumplir con lo siguiente:

1) Acreditar la personalidad jurídica del Actor Social que presenta el proyecto.

2) Acreditar la representación legal vigente.

3) Estar dado de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Asimismo, invita a la población interesada en participar en las convocatorias del Programa Coinversión Social a conocer las bases en el siguiente enlace: http://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/176950/Reglas-de-Operacion-del-PCS-2017.pdf

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