Ciudad de México
La Secretaría de Marina – Armada de México a través de la Unidad de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, en el marco del “Día Internacional de la Mujer”, informa sobre los apoyos que se brindan al personal femenino en situación de embarazo, parto, puerperio y lactancia, con el fin de darle facilidades en esa etapa tan importante de su vida.
En ese sentido, se informa que, en noviembre del 2012, se emitió la directiva para el uso de licencia de maternidad para madres militares de niños prematuros, la cual establece el uso de las 12 semanas de licencia, independientemente de la fecha del alumbramiento.
De esta manera se brinda la atención médica integral a toda paciente en situación de embarazo, parto y puerperio, así como de su recién nacido con los más altos estándares de calidad en apego a la NOM-007-SSA2-2016, así como el uso de las guías de práctica clínica emitidas por la Secretaria de Salud (SSA), y toda norma y protocolo aplicable.
Asimismo, en agosto del 2015, se emitió directiva para el personal naval femenino con diagnóstico de embarazo, con la finalidad de evitar exposición a riesgos a la salud de la madre y su bebé, así como salvaguardar la integridad física de ambos.
Es de destacar que uno de los beneficios que tienen las mujeres navales son los 30 lactarios con los que se cuenta en la Secretaría de Marina-Armada de México, mismos que fueron implementados en abril de 2015 en los diversos Mandos Navales, ubicados en ambos literales y área metropolitana, con el fin de promover la lactancia materna.
En el ámbito de la educación médica continua, se incluyeron temas relacionados a los derechos de las pacientes, trato digno y respetuoso para usuarias del Servicio de Sanidad Naval, con la aplicación de la encuesta “Satisfacción en el servicio de Ginecología y Obstetricia” y “Satisfacción en las atenciones materno infantil”, las cuales se aplican de manera trimestral al 10% de la población gineco-obstétrica atendida.
Por su parte, en agosto de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que impulsó el otorgamiento de la licencia por paternidad, la cual se encuentra contemplada en el artículo 19, fracción V del Reglamento de Vacaciones y Licencias para el Personal de la Armada de México, otorgando un periodo de diez días por dicho beneficio; sumando de más de 2,600 licencias otorgadas al personal naval masculino para apoyar a su cónyuge en el periodo de posparto, con lo cual se promueve una paternidad responsable.
Con estas acciones, la Secretaría de Marina-Armada de México, a través de la Unidad de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, impulsa el desarrollo personal y profesional de las mujeres navales, ofreciéndoles una atención integral de calidad que les permita el óptimo desarrollo en su periodo de gestación y el tiempo dedicado a sus hijos en los primeros meses de vida.
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