Los hechos tuvieron lugar a orillas del “Rio Grande” de San Felipe Usila Tuxtepec, Oaxaca, el día 12 de Agosto del año 2014, a las 20:30 horas, cuando Lorenzo García Moreno, Joel Inocente Jacinto, Alfredo Bejarano Vicente y Florentino Morales Victoriano, se encontraban sentados sobre unas piedras ingiriendo aguardiente, intempestivamente se suscitó un conflicto entre de ellos que finalizó en homicidio, puesto que Lorenzo García Moreno (a) El Bronco y Joel Inocente Jacinto agredieran físicamente a Alfredo Bejarano Vicente.
Alfredo Bejarano Vicente fue privado de la vida al ser sumergido en el “Rio Grande” de la mencionada población; una vez que la autoridad municipal de la localidad se enteró del hecho, de manera inmediata dio aviso a la autoridad ministerial, iniciándose así legajo de investigación número 218/FTUXA/2014, mismo que motivó el inicio de la Causa Penal 206/2014 por el delito de homicidio calificado cometido con ventaja por Lorenzo García Moreno (a) El Bronco y Joel Inocente Jacinto.
Fue establecida como causa de la muerte, asfixia por sumersión en agua dulce de naturaleza activa.
Por estos hechos el Agente del Ministerio Publico ejercitó la acción penal correspondiente y el 17 de Agosto del año 2014, el Juez de Garantía de ese Distrito Judicial de San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca, libró la orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público en contra de Lorenzo García Moreno y Joel Inocente Jacinto, como probables participes en la comisión del hecho que la ley señala como el delito de homicidio calificado con ventaja cometido en agravio de Alfredo Bejarano Vicente.
Dicha orden de captura fue ejecutada en esa fecha por elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) destacamentados en San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca y fueron puestos a disposición del Juez de Garantía.
El 19 de Agosto siguiente fue decretado auto de vinculación a proceso en contra de Joel Inocente Jacinto y Lorenzo García Moreno, como probables responsables en la comisión del delito de homicidio calificado con ventaja cometido en agravio de quien en vida se llamó Alfredo Bejarano Vicente, imponiéndoles la medida de coerción consistente en prisión preventiva de manera oficiosa.
Seguido el proceso en todos sus trámites y una vez agotada la etapa intermedia, se señalaron las 10:00 horas del 15 de Mayo del 2015 para la celebración de la audiencia, llevada por jueces de debate adscritos a ese distrito; quienes escucharon las pruebas ofrecidas tanto por el ministerio publico como por la defensa.
Una vez desahogadas las pruebas, el mismo 15 de mayo del 2015, fue dictada sentencia condenatoria en contra de Lorenzo García Moreno y Joel Inocente Jacinto como penalmente responsables del delito de homicidio calificado con ventaja, cometido en agravio de quien en vida respondiera al nombre de Alfredo Bejarano Vicente, condenando a los responsables a una pena de treinta y dos años con seis meses de prisión, así como al pago de la reparación del daño por la cantidad de $151,134.90.
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