- Se debe garantizar el pleno desarrollo del infante recluido
Diputadas y diputados de la 65 Legislatura local reformaron el artículo 84 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca, para garantizar el pleno desarrollo de las personas menores de edad que nacieron dentro de una prisión.
Con la adición de tres párrafos a esta ley, se establece que será labor de las autoridades penitenciarias proporcionar condiciones de vida óptimas para el desarrollo de los menores.
Regula que después del egreso de prisión del infante, al cumplir tres años, la madre privada de su libertad podrá solicitar información periódica sobre el estado de salud de su hija o hijo, por medio de expedientes clínicos que se compartirán con la persona o institución que se haga cargo del menor.
Asimismo, los niños y niñas cuya madre se encuentre cumpliendo una condena, tendrán acceso a los programas sociales que ayuden a su desarrollo integral.
La modificación legislativa fue aprobada por el Pleno Parlamentario con 32 votos a favor, y su decreto enviado a las autoridades para las acciones respectivas.
Dejar una contestacion