El Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Oaxaca otorgó la suspensión de plano a la demanda de amparo presentada por el pueblo indígena ikojts de San Dionisio del Mar, en la región del Istmo de Tehuantepec, en contra de la instalación del parque eólico “San Dionisio” en la Barra Santa Teresa, proyectado por la compañía multinacional Mareña Renovables.
La portavoz de la Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIDTT), Maribel González Pedro informó que el pueblo indígena ikojts interpuso la demanda el martes pasado en contra delas secretarías de Energía (SE), Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de Comunicaciones y Transportes (SCT), y de las comisiones Reguladora de Energía (CRE) y Nacional del Agua (Conagua), así como del Ayuntamiento local, por las autorizaciones concedidas a la empresa.
Pues —anotó—, los permisos fueron entregados sin previa consulta a los indígenas ikots conforme dispone la Constitución, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otros tratados internacionales.
Además, subrayó que las autorizaciones otorgadas a Mareña Renovable implican la privación de los derechos colectivos a la propiedad, posesión, uso y disfrute de las tierras de uso común de la Barra Santa Teresa.
Precisó que el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado dio la razón jurídica al pueblo indígena ikojts y decretó la suspensión de los actos reclamados y así no se prive total o parcial, temporal o definitiva de sus bienes agrarios del núcleo de población en la Barra Santa Teresa.
Sin embargo, destacó que las SE, la Semarnat, la SCT, la CRE, la Conagua y el Ayuntamiento local, están en su derecho de interponer el recurso de revisión en caso de estar en desacuerdo con la suspensión de plano concedida por el Juzgado Séptimo de Distrito.
Incluso, subrayó que la compañía multinacional Mareña Renovables, como tercero perjudicado, podría acudir a juicio por estar a salvo sus derechos.
Precisó que las dependencias federales fueron apercibidas a cumplir la resolución en un plazo de 24 horas y como consecuencia, la empresa transnacional no podrá seguir la construcción del parque eólico “San Dionisio” en la Barra Santa Teresa.
Destacó que el pueblo indígena ikojts presentará las pruebas sobre la inexistencia de la consulta y los peritajes sobre la privación de sus derechos colectivos en el Juzgado Séptimo de Distrito antes de la audiencia constitucional para fortalecer su demanda de amparo.
González Pedro dijo que si bien el amparo aún no es definitivo, la suspensión de plano otorgada al pueblo indígena ikojts constituye una victoria contundente en la lucha por el respeto al territorio y a los derechos de los pueblos indígenas.
Y exigió a todas las dependencias gubernamentales involucradas cumplir la Ley de Amparo porque de lo contrario estarían incurriendo en el delito de abuso de autoridad por el desacato.
Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado, con sede en Salina Cruz.
Expediente: 739/2012
Número de Expediente Único Nacional: 12914828
Juez: Isaías Corona Coronado
Secretario: Luis Anselmo Félix Rodríguez
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