- Avanzan trabajos de investigación en torno a crímenes de líderes sociales, se debe garantizar el derecho a la libre expresión de toda organización: Procurador
El Procurador del Estado, Héctor Joaquín Carrillo Ruíz, dio a conocer la orden de aprehensión ejecutada este día en contra del segundo implicado en el homicidio de quien fuera líder del COMITÉ DE DEFENSA CIUDADANA (CODECI) en la región de Tuxtepec, CATARINO TORRES PEREDA, las aportaciones de la citada organización y el seguimiento puntual del trabajo de investigación fueron alicientes para llevar a buen término el detallado trabajo de investigación de diversos especialistas de la institución dijo, trabajo que logró finalmente llevar a prisión a los homicidas del multicitado líder.
Todos los casos merecen especial atención dijo Carrillo, sin embargo los de líderes de grupos u organizaciones implican una connotación especial, que este Gobierno que se precia de ser democrático debe investigar con rigor, pues todas las voces pertenezcan a la filiación que fuera, deben tener garantizado su derecho a la libre expresión, en este sentido se trabaja con esmero en este y el resto de investigaciones por homicidio.
Hechos:
El 22 de octubre del 2010 siendo aproximadamente las 14:10 horas, la persona identificada con el nombre de DAVID CHIGUIL ESTRADA o CARLOS MENDEZ ESTRADA, alias “EL CHIGUIL” o “EL TIGRE”, llegó acompañado del sujeto de nombre MANUEL MARTINEZ GUTIERREZ o LUIS AGUSTIN REBOLLEDO o AGUSTIN “N”, a las oficinas del COMITÉ DE DEFENSA CIUDADANA (CODECI), ubicado sobre la calle de Oaxaca número 122, Colonia Cinco de Mayo, en Tuxtepec, Oaxaca.
DAVID CHIGUIL ESTRADA o CARLOS MENDEZ ESTRADA, alias “EL CHIGUIL” o “EL TIGRE”, portaba un arma de fuego calibre 9 milímetros en la mano derecha, con la cual realizó dos disparos en el cuerpo de CATARINO TORRES PEREDA, líder de la organización CODECI, generándole serias lesiones.
Peritos especializados registraron un impacto de bala que provocó fractura multifragmentaria de mandíbula, la bala continuó su trayecto afectando huesos del macizo facial en donde se alojó el proyectil. La segunda lesión fue en el hombro derecho, a 144 centímetros del plano de sustentación; como consecuencia de estas lesiones, CATARINO TORRES PEREDA perdió la vida de forma instantánea.
El perito médico determinó que la causa de muerte fue, HEMORRAGIA INTERNA INTENSA, POR LACERACIÓN DE VISCERAS Y VASOS SANGUÍNEOS TORÁCICOS, OCASIONADOS POR PROYECTIL DISPARADO POR ARMA DE FUEGO.
Testigos y confrontas robustecen resultado de investigación
Se recibieron las declaraciones de testigos presenciales de los hechos, quienes fueron pieza clave para el avance de la investigación.
Se realizaron diligencias de confrontación al interior de la Penitencia Central del Estado en la persona del interno MANUEL MARTINEZ GUTIERREZ, esto en forma separada con testigos presenciales de los hechos.
Después de haber acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad de MANUEL MARTINEZ GUTIERREZ o LUIS AGUSTIN REBOLLEDO ó AGUSTIN “N”, la Averiguación Previa número 670(III)2010 fue consignada en su contra como probable responsable en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON LAS AGRAVANTES DE PREMEDITACION Y VENTAJA en agravio de CATARINO TORRES PEREDA.
El dictamen fue remitido al Juzgado Segundo de lo Penal del Distrito Judicial de Tuxtepec, Oaxaca, el 12 de noviembre del 2010, siendo radicada bajo el número de Expediente Penal 170/2010, librándose la orden de aprehensión en contra de MANUEL MARTINEZ GUTIERREZ o LUIS AGUSTIN REBOLLEDO ó AGUSTIN “N”, misma que fue ejecutada como acumulada, al encontrarse el indiciado en prisión.
Por estos hechos, quedó abierto el triplicado de la Averiguación Previa número 670(III)2010, y con fecha 30 de octubre del año 2012, fue radicado en la Mesa Cuatro Especial de Homicidios adscrito a la Subprocuraduría para la Atención de Delitos de Alto Impacto (SADAI), de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), y continuaron las investigaciones.
El Agente del Ministerio Público recepcionó las declaraciones de otros testigos de cargo, así mismo se practicaron diligencias de identificación fotográfica con testigos de los hechos, y con base en ello se logró establecer la probable responsabilidad de DAVID CHIGUIL ESTRADA o CARLOS MENDEZ ESTRADA, alias “EL CHIGUIL” o “EL TIGRE”, como la misma persona que realizó los disparos de arma de fuego contra la humanidad de CATARINO TORRES PEREDA.
El 20 de abril del 2014, fue consignado el triplicado de la Averiguación Previa número 670(III)2010 al Juzgado 2º. de lo Penal del Distrito Judicial de Tuxtepec, solicitando orden de aprehensión en contra de DAVID CHIGUIL ESTRADA o CARLOS MENDEZ ESTRADA, alias “EL CHIGUIL” o “EL TIGRE”, por su probable responsabilidad en la comisión del delito doloso consumado de HOMICIDIO CALIFICADO CON LAS AGRAVANTES DE PREMEDITACION, VENTAJA Y ALEVOSIA.
Fue radicado el triplicado de la Averiguación Previa número 670(III)2010, al Juzgado 2º de lo Penal del Distrito Judicial de Tuxtepec, Oaxaca, bajo la causa penal número 33/2014, librándose la correspondiente orden de aprehensión en contra de DAVID CHIGUIL ESTRADA o CARLOS MENDEZ ESTRADA, alias “EL CHIGUIL” o “EL TIGRE”; la cual fue ejecutada el día de hoy.
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