Los agresores que acosaron y violentaron a un joven, de una escuela pública, torturándolo con golpes en los genitales, no podrán ser castigados con cárcel, por que en Oaxaca el marco legal exime a los menores de edad de ser sujetos a proceso penal.
Por ello se discutirá en el Congreso Local una reforma propuesta por el Gobernador para castigar a quien cometa bullying con sanciones económicas y cárcel y hasta la expulsión de la escuela a la que asiste.
El menor victima de bullying escolar, identificado solo como Jonatán, de 12 años de edad, fue ingresado al área de urgencias del Hospital Civil de la Ciudad de Oaxaca, donde lo reportan delicado a causa de un traumatismo testicular provocado por las patadas que le fueron propinadas por sus compañeros de la escuela.
La victima cursa el quinto grado en la Escuela Primaria “Juan Escutia”, ubicada en una colonia popular de la ciudad de Oaxaca.
De acuerdo con su mamá, Celestina Zurita, el niño fue golpeado en los genitales durante la clase de Educación Física, cuando la maestra estaba ausente.
Jonathan perdió el conocimiento, lo que genero que fuera canalizada al referido nosocomio, donde se le reporta como delicado.
La madre del menor ha presentado una denuncia penal en contra de los agresores, pero lo implicados ha sido liberados por que hay una ley de adolecentes que les ofrece impunidad.
El Procurador Héctor Joaquín Carrillo, afirmó que el caso no podrá ser investigado debido a que en la Ley de Justicia para Adolescentes los menores de doce años de edad no pueden ser sujetos de sanciones penales, ni civiles.
Sin embargo expresó que desde que se supo del caso de agresión escolar la Procuraduría de Justicia mantuvo contacto con la madre del menor, sin embargo debido a la edad de los agresores, éstos no podrán entrar a un juicio legal.
El funcionario explicó que las frangas de edad en que los menores pueden entrar a un proceso legal se ubican en el margen de 14-16 y 16-18 años de edad y podrán ser juzgados por delitos de gravedad, sin embargo el caso del niño Jonathan no está contemplado.
De acuerdo a la Ley de Justicia para Adolescentes en el articulo 4to indica:
– Los menores de doce años a quienes se atribuya la comisión de un delito están exentos de responsabilidad, no serán sujetos de esta ley ni a sus procedimientos y órganos. En caso de que la autoridad interviniente advierta la amenaza o violación a algún derecho del menor de doce años, podrá remitir el caso al sistema estatal de asistencia y protección social, el que adoptará las medidas pertinentes bajo la supervisión de los padres, tutores o responsables.
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