En resolución de fecha de este 09 de Septiembre del 2014, se dictó sentencia condenatoria contra el acusado MARGARITO CRUZ BUSTAMANTE por la comisión de los delitos de VIOLACION AGRAVADA Y VIOLACION TUMULTUARIA AGRAVADA, a la pena de 52 AÑOS, 6 meses de prisión y una multa por la cantidad de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS MONEDA NACIONAL.
También a la privación de todos los derechos familiares y hereditarios que le pueden corresponder por su vínculo con la víctima.
Se condena al acusado PEDRO CRUZ BUSTAMANTE por la comisión de los delitos de VIOLACION AGRAVADA Y VIOLACION TUMULTUARIA, a sufrir la pena de CUARENTA AÑOS, SEIS MESES DE PRISION y una multa por la cantidad de SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO PESOS CON CERO CENTAVOS, así como la privación de todos los derechos familiares y hereditarios que le pueden corresponden por su vinculo con la víctima.
Se condena a los sentenciados al pago de la reparación del daño por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA Y VIOLACION TUMULTUARIA AGRAVADA, cometido en agravio de la referida pasivo, en el expediente no se cuantifican las cantidades atendiendo a que será fijado de acuerdo a las pruebas que se aporten en el proceso, en el caso, lo podrá realizar la víctima en ejecución de sentencia.
HECHOS:
Tuvieron lugar siendo aproximadamente a las 18:00 horas de un día del mes de marzo del 2009, así como a las 16:00 horas de un día del mes de junio del año 2010 en el interior de domicilio conocido de la Ranchería Dolores, Miahuatlán, Oaxaca, en donde el activo MARGARITO CRUZ BUSTAMENTE mediante la violencia física y moral le impuso la cópula a una familiar suyo en primer grado; así mismo siendo aproximadamente las 16:00 horas de un día del mes de agosto del 2011, en el mismo domicilio, PEDRO CRUZ BUSTAMANTE mediante la violencia física y moral le impuso la copula a la misma víctima.
Posteriormente, en diversas fechas, los inculpados, de manera conjunta impusieron las copula a la víctima.
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